Tratados internacionales y Constitución plurinacional

Ya casi se cumplen noventa días desde que los presos políticos mapuche de las cárceles de Temuco y Angol iniciaron una huelga de hambre (desde el 4 de mayo de 2020). Exigen la aplicación del Convenio Internacional 169 de la OIT, en particular de su artículo 10, para cambiar la cárcel por arresto domiciliario, considerando la actual crisis sanitaria y la consabida vulnerabilidad de los presos debido al hacinamiento y a las insuficientes medidas de higiene al interior de los recintos penales.

En este contexto, el lunes 27 de julio, familiares de los presos políticos mapuche en huelga de hambre ocuparon distintos municipios de la Araucanía y la Intendencia de dicha región para exigir una respuesta a las autoridades. La respuesta, como suele ser la tónica de este gobierno, fue la represión ejercida a través de Carabineros y la consiguiente detención de varias mujeres, entre ellas, dos embarazadas y una madre en proceso de lactancia. Durante la audiencia de control (realizada al día siguiente de la detención, lo que significó que las mujeres pasaran la noche en la segunda comisaría de Temuco), se dictaminó la prisión preventiva para Daniela Sierra, abogada y madre de un niña con menos de un mes de vida. 

Esta situación motivó distintas manifestaciones de apoyo, entre ellas una carta firmada por más de cien abogadas donde señalaban que la medida de prisión preventiva “muestra una vez más, la vulneración a estándares internacionales de derechos humanos en el contexto de la criminalización de la protesta social [...] Los estándares de derecho internacional de derechos humanos obligan a jueces, fiscales, querellantes, defensores y en general a todos los intervinientes en el proceso penal [...] Son estándares que no fueron considerados en este caso [el de Daniela], evidenciando así una conducta discriminatoria por parte de agentes del gobierno y funcionarios del Estado de Chile para con el Pueblo Mapuche, algunos de cuyos integrantes privados de libertad se encuentran en huelga de hambre solicitando la aplicación del Convenio 169, norma ratificada hace ya 20 años por el Estado y que aún no logra asentarse en los criterios y prácticas judiciales y del sistema penal en general”.

A propósito de la resistencia del poder judicial a considerar en sus fallos la normativa internacional ratificada por Chile, quisiéramos compartir con ustedes, queridos lectores, dos materiales que pueden aportar a la discusión, la conversación, el debate y la reflexión. Primero, el capítulo uno del libro Pewma / Sueños de justicia. Lonkos y dirigentes mapuche versus Chile en la Corte Interamericana, donde la autora, Ruth Vargas, "presenta brevemente la normativa internacional de derechos indígenas, así como describe las funciones de la Comisión y de la Corte Interamericana como garantes del cumplimiento de la Convención Interamericana de Derechos Humanos". Luego, el capítulo “Bases constitucionales para un Estado plurinacional”, escrito por Luis Villavicencio, y que forma parte del libro La Constitución que queremos. Propuestas para un momento de crisis constituyente, una publicación colectiva que se pregunta acerca de qué forma de organización del poder queremos y cómo esas opciones podrían plasmarse en propuestas concretas para una nueva Constitución (es decir, una nueva forma de organización política del poder en la sociedad y no solo un nuevo texto constitucional). ¡Los invitamos a conocer, compartir estas lecturas, y a mantenerse atentos e informados!